Dependencia:
Secretaría de hacienda
Pago que todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien ajeno, debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en la respectiva jurisdicción del Municipio o Distrito.
Lugar de atención:
Alcaldía de San Gil, Cl 12 # 9 – 51
Santander/San Gil
Hora de atención:
De 8:00 a.m. a 11:30 am De 2:00 p.m. a 4:30 pm
Responsable: Secretaría de hacienda
Tiempo de respuesta: Inmediata
- Suministrar el nombre completo y dirección del predio
- Reclamar factura de pago
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Anotaciones
Cuando se puede realizar ?
Mes de enero hasta febrero con descuento del 20%, marzo con descuento del 15%, abril descuento del 10% y mayo descuento de 5%; estos incentivos son para predios urbanos. 50% en los meses de enero a febrero, 45% en el mes de marzo, 40% en el mes de abril y 35% en el mes de mayo para la zona rural
Resultado que obtiene:
Formulario o factura del impuesto predial con sello de pago.
Soporte legal:
- Decreto 1333 de 1986, (Artículos 171-194, 261)
- Ley 128 de 1941, (Artículos 10, 11)
- Ley 50 de 1984, (Artículo 13)
- Ley 55 de 1985, (Artículo 61)
- Acuerdo 031 de 2008, (Articulo 16-38)
- Ley 1450 de 2011, (Artículo 23)
- Ley 14 de 1983, (Artículos 17, 30)
- Ley 1607 de 2012, (Artículo 177)
- Ley 44 de 1990, (Artículos 1 - 18)
- Ley 75 de 1986, (Artículos 73 Parágrafo 2, 77)